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Responsabilidad Dram Shop En California

Liquidez de la tienda dram en California
Christian J. Amendt

Cualquier tipo de accidente de tráfico en Pomona puede dejar a las víctimas con limitaciones de por vida. Éstas pueden estar relacionadas con deficiencias mentales o con una capacidad física reducida debido a la pérdida de un miembro o de una función motora. Los costes asociados a estas secuelas pueden ser enormes, por lo que muchas víctimas de accidentes de tráfico se ven obligadas a asumirlos. víctimas de accidentes a menudo se ven obligados a reclamar una indemnización. La pregunta es entonces: ¿en quién recae la responsabilidad?

En el caso de los accidentes por conducción bajo los efectos del alcohol (que el Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades Según los informes, causan daños por valor de $44 mil millones al año), la responsabilidad recae obviamente en el conductor ebrio. Pero, ¿qué ocurre con quienes han contribuido a emborracharlos? ¿Puede responsabilizarse a un establecimiento que sirve bebidas alcohólicas a sus clientes, o a un particular que organiza un acto en el que se ofrecen bebidas, si uno de los que se sirven provoca después un accidente de tráfico?

La respuesta es sí (aunque sólo hasta cierto punto). Las leyes de responsabilidad de los establecimientos de bebidas alcohólicas y de los anfitriones sociales permiten a las víctimas de accidentes perseguir a quienes sirvieron bebidas a los conductores ebrios que acabaron chocando con ellos. En la mayoría de los casos, debe haber un elemento de negligencia para que se apliquen estas leyes (como servir bebidas a otra persona cuando ya está visiblemente intoxicada).

California siguió la misma filosofía hasta hace poco, cuando se modificó su ley de "dram shop" para demostrar que la causa próxima de un accidente por conducir ebrio no es la decisión de servir a uno bebidas alcohólicas, sino la decisión tomada por el servido de conducir después de haberlas bebido. Sin embargo, la sección 1714(d) de el Código Civil del Estado establece que puede atribuirse responsabilidad indirecta si un establecimiento o un particular sirve alcohol a un menor del que se sabe que es menor.

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